Ya he vuelto de Barakaldo, he hablado con el técnico y las administrativas, hemos hablado de lo divino y de lo humano sobre la chapuza que es la orden ministerial y la indefinición en que nos ha dejado la orden ministerial.
El técnico me argumentaba con mucha razón que nos han metido en una categoría en la que no cumplimos sus requisitos, es decir los de las tximberas y eso origina muchos problemas de indefinición.
Al final para justificar que son armas de airsoft le he llevado pantallazos de tiendas de internet o las de las propias marcas de mis replicas a legalizar para que vieran sus características: fps de fábrica con bola de 0,20, longuitud, tipo de bateria....etc...me ha dicho que eso le valdría como justificación para adjuntar.
Ahora a esperar.
Todos los empadronados en Barakaldo que vayais a regularizar recordad incluir esto también para que no os tengan que requerir que los aporteis a posteriori.
Tb he hablado con intervención de armas de Barakaldo y como siempre han sido muy amables y me han explicado que obviamente ellos no pueden certificar nada que no sea un arma de fuego, solo en el caso de que una tximbera superase la potencia permitida entonces tendría que ser considerada como tipo E escopeta y sacar licencia de armas pero como muy bién me ha dicho eso no existe porque que marca de armas de aire comprimido va a comercializar como aire comprimido un arma que luego supera los limites y me va a obligar a sacarme licencia??.
Ese es el único caso en el que interviene la GCivil.